CANAL DE DENUNCIAS SOBRE INFRACCIONES NORMATIVAS

La Ley 2/2023, del 20 de febrero regula la protección de las personas que informan sobre infracciones normativas y la lucha contra la corrupción.

La finalidad de esta Ley es la de posibilitar que las personas que, en un contexto laboral o profesional, detecten infracciones penales o administrativas graves o muy graves que puedan suponer perjuicios económicos por la Hacienda Pública o la Seguridad social, puedan comunicarlas mediante un Sistema de información, o “buzón”.

El canal de denuncias es una herramienta con la cual cuentan las compañías para la prevención y la detección del Fraude empresarial, aportando soluciones a la responsabilidad de las empresas y proteger los informantes, y en el caso concreto de los empleados que informan de estas irregularidades.

 

¿Quién está obligado a disponer de un Sistema interno de información?

  • Autónomos o personas jurídicas a partir de 50 trabajadores.
  • Empresas de más de 10M de facturación o en balance.
  • Partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales, y las fundaciones que, creadas por unos y por otros, siempre que reciban o gestionen ayudas públicas.
  • Todas las entidades de Derecho Público.

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